Antes de que tu entidad imparta un solo curso bonificado tiene que estar inscrita en el Registro Estatal de Entidades de Formación. Se hace con una declaración responsable, es más rápido de lo que parece… y hay un par de trampas que paran el trámite en seco. Esto es el gesto, paso a paso. Para responsables de RRHH y entidades organizadoras.
Preguntas frecuentes
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La entidad que imparte formación bonificada debe inscribirse en el Registro Estatal de Entidades de Formación mediante una declaración responsable (vía FUNDAE, «inscripción sin especialidad»), que habilita desde el mismo momento de presentarla. Al firmarla obtienes un código de entidad que la empresa tendrá que consignar al comunicar la formación. La empresa que solo forma a su plantilla con una entidad externa NO se inscribe: quien se inscribe es quien imparte.
Es un trámite que asusta más por su nombre que por su dificultad. La mayoría de entidades lo resuelven en una sola sesión… salvo cuando chocan con uno de los dos escollos clásicos. Esta pieza no te repite qué es una entidad organizadora —eso está en su capítulo— ni el contrato de encomienda —eso está en Modelos—; te explica el gesto operativo de inscribirte para poder impartir, tal y como se hace hoy.
Es la duda que más tiempo hace perder, así que la despejo de entrada. La obligación de estar inscrito recae sobre quien imparte la formación, no sobre quien la paga o la organiza para su propia plantilla.
La Ley 30/2015 (art. 15) parte de una división que conviene tener clara antes de tocar nada, porque decide por qué puerta entras:
Y dentro de la inscripción hay dos variantes: sin especialidad (declaras áreas profesionales, no cursos concretos; habilita para formación no incluida en el Catálogo, la vía natural de la bonificada de diseño propio) y con especialidad (te inscribes en especialidades concretas del Catálogo, cada una con su código; solo la necesitas si quieres figurar en el buscador del SEPE para esa especialidad).
a) El certificado digital correcto. Todo es telemático. Necesitas un certificado digital vigente: el de representante de persona jurídica si eres empresa/entidad, o el de persona física si eres autónomo. Con el certificado personal de un gerente intentando inscribir una S.L. el sistema no reconoce la vinculación. Comprueba también que no caduque a mitad de proceso.
b) El escollo del fichero de «Entidades Comunes». Al entrar, la aplicación comprueba que el NIF de la entidad conste en el fichero común de los servicios públicos de empleo. Si tu entidad nunca ha tocado el sistema de empleo, saltará un error del tipo «el NIF/NIE no consta en el sistema común…» y no te dejará seguir.
La solución no está en FUNDAE: hay que acudir a una oficina de empleo autonómica y pedir el alta del NIF en Entidades Comunes (llevando CIF y DNI del representante). Es gratis e inmediato; espera un día hábil y vuelve a intentarlo. Es, de lejos, el motivo por el que la inscripción se atasca al empezar.
El código no es un adorno del PDF: es la pieza que conecta tu entidad con cada curso bonificado. Cuando una empresa (o su entidad organizadora) comunica a FUNDAE el inicio de una formación, tiene que consignar el código de la entidad que la imparte. Sin ese código, FUNDAE no puede validar que el proveedor está inscrito, y esa acción no se puede bonificar.
La gran ventaja de la declaración responsable es su eficacia inmediata: quedas habilitado para formar desde que la presentas, sin esperar resolución. La contrapartida es que estás declarando bajo tu responsabilidad que cumples los requisitos, y la Administración puede comprobarlo después. Lo que declaras (y por tanto tienes que tener de verdad):
Y, ya como entidad inscrita, asumes las obligaciones del art. 16 de la Ley 30/2015: impartir con calidad, someterte a controles, conservar la documentación 4 años, no subcontratar la impartición (contratar a tus docentes no es subcontratar) y comunicar los cambios relevantes. Declarar algo que no es cierto puede acarrear la baja de oficio y sanción.
La inscripción no caduca: sigue vigente mientras cumplas las condiciones. Pero no es «hazla y olvídate»:
| Cambio | Cómo se hace |
|---|---|
| Teléfono, email, web, modalidad, provincia o área profesional | Online, en «Modificar declaración», y volver a firmar. Añade el área o provincia antes de impartir en ella. |
| Razón social, domicilio fiscal o código postal | No se puede online: hay que ir a la oficina de empleo con la documentación del cambio. |
| Cambio de titularidad o de CIF | Al ser otra entidad jurídica, suele exigir una inscripción nueva desde cero. |
| Cese de actividad | Baja en la aplicación (botón «Baja de declaración» + firma). Mejor darse de baja que seguir figurando y asumir controles innecesarios. |
No, si la formación la imparte una entidad externa: se inscribe esa entidad, no tú. Tú solo debes asegurarte de que está inscrita y de usar su código al comunicar la formación. La inscripción obliga a quien imparte.
Inscripción (declaración responsable) para formación que no conduce a certificado de profesionalidad —la mayoría de la bonificada de empresa—. Acreditación, con inspección previa, para la conducente a certificados de profesionalidad.
Es la vía por la que declaras áreas profesionales en lugar de cursos concretos del Catálogo. Te habilita para impartir formación no catalogada dentro de esas áreas, lo habitual en la formación de diseño propio para empresas.
Desde el mismo momento en que presentas la declaración responsable: tiene eficacia inmediata, sin esperar resolución. La Administración puede comprobar después que lo declarado es cierto.
La empresa o la entidad organizadora tiene que consignarlo al comunicar a FUNDAE el inicio de la formación. Sin ese código, esa acción formativa no se puede bonificar.
No caduca ni se renueva por plazos: sigue vigente mientras cumplas las condiciones. Solo termina con la baja voluntaria o con la cancelación por incumplimiento. Sí debes comunicar los cambios relevantes.
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