La Biblia de la Formación Bonificada — CiberAula
Una colección editorial de CiberAula
La Biblia de la Formación Bonificada
Normativa y marco legal

Artículo 13 RD 694/2017 — Información a la representación legal de los trabajadores

Precepto del RD 694/2017 titulado «Información a la representación legal de los trabajadores». Obliga a la empresa a solicitar, de manera preceptiva y antes del inicio de las acciones formativas, informe a la RLT, poniendo a su disposición denominación, objetivos y descripción de las acciones, colectivos destinatarios, calendario, medios pedagógicos, criterios de selección, lugar de impartición y balance del ejercicio precedente. La RLT emite su informe en 15 días; el incumplimiento de la empresa impide adquirir o mantener el derecho a la bonificación.

AM
Ana María González
Directora de CiberAula · 25 años en formación bonificada
Actualizado: 26 de septiembre de 2026

Qué significa exactamente

El artículo 13 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, regula la información que la empresa debe facilitar a la representación legal de los trabajadores (RLT) antes de bonificar su formación programada. En desarrollo del artículo 9.2 de la Ley 30/2015, obliga a la empresa a solicitar de manera preceptiva y con anterioridad al inicio de las acciones formativas —incluidos los permisos individuales de formación del artículo 29— un informe a la RLT, poniendo a su disposición al menos: la denominación, objetivos y descripción de las acciones programadas; los colectivos destinatarios y el número de participantes por acción; el calendario previsto de ejecución; los medios pedagógicos; los criterios de selección de los participantes; el lugar previsto de impartición; y el balance de la formación desarrollada en el ejercicio precedente. El apartado 1 advierte de que el incumplimiento de la obligación de solicitar dicho informe y de entregar esa documentación impide adquirir y, en su caso, mantener el derecho a la bonificación. El apartado 2 concede a la RLT un plazo de quince días desde la recepción de la documentación para emitir su informe; transcurrido ese plazo sin remitirlo, el trámite se entiende cumplido. Si surgieran discrepancias entre la dirección de la empresa y la representación legal, deberá quedar constancia escrita y motivada de las mismas para su posterior resolución.

Marco legal y regulación

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Norma de referencia: Art. 13 RD 694/2017

Consultar texto oficial en la fuente original

Términos relacionados del bloque Normativa y marco legal

Artículo 9 RD 694/2017 — Objeto y características

El artículo 9 del Real Decreto 694/2017 establece que la formación programada por las empresas debe guardar relación con la actividad empresarial y adecuarse a las necesidades de aquellas y sus trabajadores, pudiendo cubrir el permiso retribuido de veinte horas anuales previsto en el artículo 9.6 de la Ley 30/2015. Su programación admite flexibilidad en contenidos y momento de impartición, respetando el derecho de información y consulta de la representación legal de los trabajadores conforme al artículo 13.

Artículo 14 RD 694/2017 — Organización y ejecución de la formación

El artículo 14 del Real Decreto 694/2017 regula la organización y ejecución de la formación programada por las empresas: pueden organizarla por sí mismas e impartirla con medios propios o mediante contratación (apartado 1). Los grupos y redes empresariales pueden organizarla independiente o agrupadamente, y las empresas de menos de 100 trabajadores agruparse por criterios territoriales o sectoriales (apartado 2). También pueden encomendarla a entidades externas (apartado 3), cuyas obligaciones enumera el apartado 4.

Artículo 23 ET — Promoción y formación profesional

Artículo del Real Decreto Legislativo 2/2015 sobre promoción y formación profesional en el trabajo. Su apartado 1 reconoce permisos para exámenes, preferencia de turno, acceso al trabajo a distancia para quienes cursen estudios, adaptación de jornada, permisos de formación con reserva de puesto y formación de adaptación a cargo de la empresa. El apartado 3 establece, para trabajadores con al menos un año de antigüedad, un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación para el empleo, acumulables hasta cinco años.

Artículo 4 ET — Derecho a la formación

Artículo 4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), que enumera los derechos laborales. Su apartado 2.b reconoce a los trabajadores el derecho a la promoción y formación profesional en el trabajo, incluida la dirigida a su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo, así como al desarrollo de planes y acciones formativas tendentes a favorecer su mayor empleabilidad. El art. 23 ET concreta este derecho.

Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales

Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. Su artículo 19 obliga al empresario a garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, al contratarlo y cuando cambien sus funciones, se introduzcan nuevas tecnologías o cambien los equipos de trabajo; debe impartirse dentro de la jornada o con descuento del tiempo invertido, sin que su coste recaiga sobre los trabajadores. Por ser formación obligatoria para el empresario, no puede financiarse mediante un permiso individual de formación (art. 29.1 RD 694/2017).

Estatuto de los Trabajadores (ET)

Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), norma básica de la relación laboral. Reconoce el derecho a la promoción y formación profesional (art. 4.2.b) y, conforme al artículo 23.3, un permiso retribuido de veinte horas anuales de formación vinculada a la actividad empresarial, acumulables hasta cinco años, para trabajadores con al menos un año de antigüedad; se considera cumplido cuando la empresa ofrece acciones formativas propias.

AM
Ana María González

Directora de CiberAula. Llevo veinticinco años ayudando a empresas españolas a aprovechar su formación bonificada. Cada término de este glosario ha pasado por la prueba real de un expediente, una inspección o una asesoría a una empresa concreta.

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