Documento que acredita la asistencia diaria de los participantes a las acciones formativas bonificadas. El artículo 12.2.f) del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, obliga a la empresa beneficiaria a custodiar esta documentación y remite al modelo de documento de control de asistencia disponible en la web de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, que fija los datos mínimos que deben contener los documentos utilizados para acreditar dicha asistencia.
Norma de referencia: Art. 12.2.f) RD 694/2017; art. 3.3 y 3.4 Resolución SEPE de 25 de noviembre de 2025; FUNDAE, modelo de control de asistencia
Consultar texto oficial en la fuente originalDocumento con el que se acredita la asistencia diaria de los participantes a las acciones formativas presenciales, cuya custodia es obligación de la empresa beneficiaria; FUNDAE publica en su web un modelo de documento de control de asistencia con los datos mínimos que debe contener (art. 12.2.f RD 694/2017). El modelo identifica la acción formativa, el grupo y la sesión con fecha y horario, y recoge apellidos, nombre, NIF y firma de cada asistente, junto con la firma del formador o responsable de formación.
Cuestionario de evaluación de la calidad que la empresa beneficiaria debe distribuir entre la totalidad de los participantes que finalicen las acciones formativas, recopilando y custodiando los recibidos (art. 12.2.g RD 694/2017). En formación programada es obligatorio el modelo publicado por Resolución de 27 de abril de 2009 del Servicio Público de Empleo Estatal, mínimo e invariable en preguntas, numeración y escala de 1 a 4; no cumplimentarlo no perjudica al participante. La falta de entrega o custodia conlleva la reducción de la bonificación del participante afectado.
Documentación que acredita la asistencia diaria de los participantes a las acciones formativas. Según el artículo 12.2, letra f, del Real Decreto 694/2017, las empresas beneficiarias deben asegurar su custodia; a tal fin, la web de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo pone a disposición un modelo de documento de control de asistencia con los datos que, al menos, deberán contener los documentos empleados para acreditar dicha asistencia.
Cambio en los participantes de un grupo formativo. En la formación programada, la comunicación de inicio solo indica el número previsto de trabajadores participantes; los datos de los alumnos se informan en la comunicación de finalización, con el listado de los que han finalizado la formación (artículo 15.2 RD 694/2017). Según FUNDAE, los cambios producidos una vez iniciado el curso se comunican en el apartado «Incidencias», y en la finalización no se admiten participantes de empresas no notificadas en el inicio.
Comunicación realizada en el apartado «Incidencias» del grupo formativo de la aplicación de FUNDAE para notificar los cambios que se produzcan en el transcurso del curso una vez iniciado, incluida la fecha de finalización, que deben obedecer a causas imprevistas o sobrevenidas, justificadas documentalmente y comunicadas en el momento en que se produzcan. El Servicio Público de Empleo Estatal examina cada incidencia comunicada; si no resulta aceptada, el grupo queda en estado incidentado y no puede aplicarse la bonificación correspondiente.
Documento que acredita que la empresa entregó a la representación legal de las personas trabajadoras, antes de iniciar las acciones formativas y los permisos individuales de formación, la información exigida por el artículo 13 del Real Decreto 694/2017: denominación, objetivos y descripción de las acciones, colectivos y participantes, calendario, medios pedagógicos, criterios de selección, lugar de impartición y balance del ejercicio anterior. Fundae ofrece un modelo facultativo; «Anexo III» no figura en la normativa. Incumplirla impide adquirir y mantener el derecho a la bonificación.
El Glosario de la Formación Bonificada incluye 300 términos del sistema definidos con cita normativa al BOE.