Comunicación realizada en el apartado «Incidencias» del grupo formativo de la aplicación de FUNDAE para notificar los cambios que se produzcan en el transcurso del curso una vez iniciado, incluida la fecha de finalización, que deben obedecer a causas imprevistas o sobrevenidas, justificadas documentalmente y comunicadas en el momento en que se produzcan. El Servicio Público de Empleo Estatal examina cada incidencia comunicada; si no resulta aceptada, el grupo queda en estado incidentado y no puede aplicarse la bonificación correspondiente.
Norma de referencia: FUNDAE — Bonificación de acciones programadas y Preguntas frecuentes
Consultar texto oficial en la fuente originalTrámite de la aplicación de formación programada por las empresas que permite a la empresa reabrir un grupo formativo cuya finalización ya había notificado, para corregir los datos de participantes y costes, debiendo notificar de nuevo la finalización una vez realizados los cambios. FUNDAE lo admite hasta el día 20 del mes siguiente a la primera notificación de finalización. Los grupos objeto de seguimiento y control por el SEPE no pueden desfinalizarse; en ese caso el cambio debe comunicarse en la pestaña de incidencias del grupo.
Cambio en los participantes de un grupo formativo. En la formación programada, la comunicación de inicio solo indica el número previsto de trabajadores participantes; los datos de los alumnos se informan en la comunicación de finalización, con el listado de los que han finalizado la formación (artículo 15.2 RD 694/2017). Según FUNDAE, los cambios producidos una vez iniciado el curso se comunican en el apartado «Incidencias», y en la finalización no se admiten participantes de empresas no notificadas en el inicio.
Cambio de los datos comunicados de una acción o grupo formativo en el sistema electrónico del SEPE y Fundae. Según la Resolución del SEPE de 25 de noviembre de 2025 para el ejercicio 2026, la cancelación o modificación que suponga un cambio de horario, fecha de ejecución o localidad debe comunicarse con un día de antelación a la fecha prevista de comienzo; si cambia la fecha de inicio, Fundae exige al menos 2 días naturales hasta el nuevo inicio. Sin comunicación en plazo, el grupo se considera no realizado a efectos de bonificación, salvo causas imprevisibles justificadas.
Documentación que acredita la asistencia diaria de los participantes a las acciones formativas. Según el artículo 12.2, letra f, del Real Decreto 694/2017, las empresas beneficiarias deben asegurar su custodia; a tal fin, la web de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo pone a disposición un modelo de documento de control de asistencia con los datos que, al menos, deberán contener los documentos empleados para acreditar dicha asistencia.
Procedimiento de la aplicación de formación programada de Fundae que permite volcar de una vez, mediante ficheros XML ajustados a los esquemas publicados para cada ejercicio, los datos de las acciones formativas y las comunicaciones de inicio y finalización de los grupos, en lugar de grabarlos uno a uno. Hay esquemas distintos para empresas bonificadas, entidades organizadoras y grupos de empresas; el fichero no se procesa si las horas del calendario no suman la duración de la acción, y las acciones vinculadas a certificados de profesionalidad no pueden cumplimentarse en XML.
Documento con el que se acredita la asistencia diaria de los participantes a las acciones formativas presenciales, cuya custodia es obligación de la empresa beneficiaria; FUNDAE publica en su web un modelo de documento de control de asistencia con los datos mínimos que debe contener (art. 12.2.f RD 694/2017). El modelo identifica la acción formativa, el grupo y la sesión con fecha y horario, y recoge apellidos, nombre, NIF y firma de cada asistente, junto con la firma del formador o responsable de formación.
El Glosario de la Formación Bonificada incluye 300 términos del sistema definidos con cita normativa al BOE.