La Biblia de la Formación Bonificada — CiberAula
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La Biblia de la Formación Bonificada
Contenidos y evaluación

Evaluación del aprendizaje

Proceso destinado a comprobar si el alumnado ha adquirido las competencias previstas en la acción formativa. En teleformación, la plataforma virtual debe asegurar la evaluación de todo el proceso (art. 4.2 RD 694/2017). En formación no dirigida a certificados de profesionalidad, quien la supera con evaluación positiva recibe un diploma acreditativo y quien la finaliza sin evaluación positiva, un certificado de asistencia, entregables en el plazo máximo de dos meses (art. 7.2 RD 694/2017).

AM
Ana María González
Directora de CiberAula · 25 años en formación bonificada
Actualizado: 26 de septiembre de 2026

Qué significa exactamente

La evaluación del aprendizaje es el proceso que se desarrolla durante y al término de la acción formativa para comprobar si el alumnado ha adquirido los resultados de aprendizaje previstos. La normativa la configura como requisito de la formación: el artículo 4.2 del Real Decreto 694/2017 exige que, en la modalidad de teleformación, la plataforma virtual asegure, además del seguimiento continuo y en tiempo real, la evaluación de todo el proceso; y el artículo 7.2 conecta la formación con la comprobación de sus resultados. La evaluación puede ser continua —a lo largo de la acción, mediante actividades, ejercicios y seguimiento— y final —al término, mediante la prueba correspondiente—. Sus resultados sustentan la acreditación del aprovechamiento del participante y forman parte de la documentación justificativa de la acción, relevante para el control de la formación bonificada. En la formación referida a especialidades del Catálogo o a certificados de profesionalidad, la evaluación se ajusta a los criterios y resultados de aprendizaje establecidos para cada especialidad y a las reglas de la oferta correspondiente. La evaluación del aprendizaje es, por tanto, el mecanismo que verifica que la formación ha cumplido su objetivo y respalda la validez de la acción.

Marco legal y regulación

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Norma de referencia: Art. 4.2 y art. 7.2 RD 694/2017; anexo IV Orden TMS/369/2019

Consultar texto oficial en la fuente original

Términos relacionados del bloque Contenidos y evaluación

Prueba de evaluación final

Instrumento con el que se comprueba, al término de la acción formativa, que el participante ha adquirido los conocimientos previstos. Cuando la formación se imparte por teleformación, la plataforma debe asegurar la evaluación de todo el proceso (art. 4.2 del Real Decreto 694/2017). En la formación no dirigida a certificados de profesionalidad, quien supera la formación con evaluación positiva recibe un diploma acreditativo; quien la finaliza sin evaluación positiva obtiene un certificado de asistencia (art. 7.2).

Evaluación de la calidad

Valoración de las acciones formativas dirigida a los participantes que las finalizan. Conforme al artículo 12.2.g del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, constituye obligación de las empresas beneficiarias distribuir los cuestionarios de evaluación de la calidad entre la totalidad de dichos participantes, así como recopilar y custodiar los cuestionarios recibidos, garantizando su disposición ante los órganos de seguimiento y control.

Test de autoevaluación

Prueba con la que el propio alumno comprueba su progreso durante la teleformación, Fundae exige que la plataforma virtual incluya, entre sus requisitos mínimos, controles de aprendizaje y/o pruebas de autoevaluación acordes con los contenidos del curso, y la Orden ESS/1897/2013 prevé, en los certificados de profesionalidad en teleformación, actividades de autoevaluación integradas en cada módulo que permiten al alumnado conocer su propio progreso, separadas de los instrumentos de evaluación y de la prueba final presencial.

Evaluación de la transferencia al puesto

Evaluación orientada a medir si los conocimientos adquiridos se aplican realmente en el trabajo. Según la Ley 30/2015 (art. 21.2.c), los órganos competentes deben realizar una evaluación permanente que incluya medir el impacto de dichos conocimientos, en términos de mejora del desempeño en el puesto o posibilidades de promoción para los trabajadores ocupados. En la formación programada por las empresas, se evalúa la iniciativa en su conjunto para comprobar si responde a las necesidades detectadas (art. 21.3).

Actividad evaluable

Tarea, control de aprendizaje o prueba de evaluación que acredita la adquisición de conocimientos por el participante. En la teleformación bonificada, la plataforma debe asegurar el seguimiento continuo y la evaluación de todo el proceso (art. 4 RD 694/2017) e incluir controles de aprendizaje o pruebas de autoevaluación acordes con los contenidos; Fundae considera finalizado, y bonificable, al participante que ha realizado como mínimo el 75 por ciento de los controles de aprendizaje (o de las horas, en presencial). Los registros y las pruebas se conservan cuatro años.

Evaluación del impacto en la organización

Medición de los efectos de la formación en la organización. La Ley 30/2015 establece una evaluación permanente que valora el impacto de la formación en el empleo, la competitividad empresarial y la cualificación de los trabajadores (art. 21.1), incluyendo su incidencia en el desempeño y las posibilidades de promoción (art. 21.2.c). La formación programada por las empresas se evalúa globalmente para comprobar si responde a las necesidades detectadas (art. 21.3).

AM
Ana María González

Directora de CiberAula. Llevo veinticinco años ayudando a empresas españolas a aprovechar su formación bonificada. Cada término de este glosario ha pasado por la prueba real de un expediente, una inspección o una asesoría a una empresa concreta.

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