La Biblia de la Formación Bonificada — CiberAula
Una colección editorial de CiberAula
La Biblia de la Formación Bonificada
Costes y contabilización

Costes indirectos

Costes de la actividad formativa distintos de los directos: personal, instalaciones y equipos de apoyo, incluida la gestión administrativa necesaria para aplicar las bonificaciones, y luz, agua, calefacción, mensajería, correo, limpieza, vigilancia y otros costes de gestión (art. 16 RD 694/2017). A efectos de bonificación no pueden superar el 10 por ciento de los costes bonificables ni, sumados los de la empresa y los de la entidad impartidora de la formación, el 10 por ciento del coste total de la actividad formativa.

AM
Ana María González
Directora de CiberAula · 25 años en formación bonificada
Actualizado: 26 de septiembre de 2026

Qué significa exactamente

Los costes indirectos son los costes de la actividad formativa distintos de los directos o de impartición: los de personal de apoyo, interno y externo, y todos los necesarios para la gestión y ejecución de la formación, así como los costes financieros, de servicios y suministros y demás gastos de organización y funcionamiento no imputables directamente a la impartición. El artículo 16 del Real Decreto 694/2017 los sitúa entre los tipos de costes computables cuando la empresa organiza la formación por sí misma (apartado 3), junto a los costes directos y, en su caso, a los costes salariales de los participantes. Los apartados 4 y 5 del artículo 16 establecen límites y reglas para su imputación —de modo que los costes indirectos o de organización no pueden superar un determinado porcentaje del coste total de la acción— y precisan cómo se justifican. Estos costes, junto con los directos, quedan limitados a efectos de bonificación por los módulos económicos máximos por participante y hora. Los costes indirectos son, por tanto, los gastos de estructura y organización asociados a la formación, cuya imputación está topada porcentualmente y sujeta a justificación, para evitar que absorban una parte desproporcionada del coste bonificable.

Marco legal y regulación

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Norma de referencia: Art. 16.3.a), 16.4.a) y 16.5 RD 694/2017

Consultar texto oficial en la fuente original

Términos relacionados del bloque Costes y contabilización

Costes directos

Costes directos o de impartición son, según el artículo 13.2.a) de la Orden TAS/2307/2007, los generados por la ejecución de la actividad formativa. Comprenden la retribución de formadores; la amortización, alquiler o arrendamiento financiero de equipos didácticos y plataformas tecnológicas; los medios, materiales didácticos y bienes consumibles; el alquiler o amortización de aulas y talleres; el seguro de accidentes de los participantes; y el transporte, manutención y alojamiento de participantes y formadores.

Costes asociados

Categoría de gasto formativo definida en el artículo 13 de la Orden TAS/2307/2007 como costes asociados o de organización. Comprende la organización, personal, instalaciones y equipos de apoyo, más luz, agua, calefacción, mensajería, correo, limpieza, vigilancia y otros gastos de gestión. Se imputan con criterios de proporcionalidad y su bonificación no puede superar el 25 por 100 de los costes directos bonificables.

Coste total de la acción formativa

Suma de todos los costes de una acción o grupo formativo determinados conforme al artículo 16 del RD 694/2017: costes directos e indirectos de la actividad formativa (estos últimos limitados al 10 por ciento a efectos de bonificación), costes de organización cuando se encomienda a una entidad externa, y costes de personal, que no se bonifican. Los costes se determinan por acción o grupo, prorrateando entre grupos según horas de formación, y el coste total sirve de base para calcular la cofinanciación privada (artículo 17).

Coste del formador externo

Retribución del personal ajeno a la empresa bonificada que realiza labores de impartición, preparación de clases, tutorías, evaluación y preparación de material didáctico. Es un coste directo: la Orden TAS/2307/2007 incluye entre los costes de impartición la retribución de los formadores, internos y externos, y las Orientaciones de costes de Fundae lo distinguen del coste interno del personal propio, cuyo coste-hora se obtiene dividiendo el coste anual entre las horas anuales trabajadas. Se acredita mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente.

Coste del formador interno

Coste directo de la formacion programada correspondiente a la retribucion del personal propio de la empresa en labores de imparticion, preparacion de clases, tutorias, evaluacion y seguimiento y preparacion de medios. Segun las orientaciones de costes de FUNDAE, el coste-hora se obtiene dividiendo el coste anual entre las horas anuales trabajadas segun convenio o contrato, y las horas imputadas deben justificarse. Se acredita con nominas, modelo 190 o certificado de haberes.

Coste del tutor de teleformación

Retribución del tutor-formador que imparte la formación en modalidad de teleformación, imputable como coste directo de la actividad formativa dentro de la retribución de los formadores, internos y externos (art. 13.2.a Orden TAS/2307/2007; orientaciones de costes de FUNDAE). Si es personal propio de la empresa, el coste interno comprende las labores de impartición, preparación de clases, tutorías, evaluación y seguimiento de alumnos; si es personal externo, se consideran costes directos las labores de impartición, preparación de clases, tutorías y evaluación.

AM
Ana María González

Directora de CiberAula. Llevo veinticinco años ayudando a empresas españolas a aprovechar su formación bonificada. Cada término de este glosario ha pasado por la prueba real de un expediente, una inspección o una asesoría a una empresa concreta.

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