La pirámide de normas que sostiene tu crédito FUNDAE, explicada de arriba abajo: qué hace cada una, para qué te sirve y dónde vive el régimen sancionador. Con cita al BOE en cada peldaño. Para empresas, gestorías y entidades organizadoras.
La formación bonificada se sostiene sobre cuatro peldaños: la Ley 30/2015 (la ley-madre), el RD 694/2017 (el reglamento que usas a diario), el RD 1189/2025 (el refuerzo de control en vigor desde 2026) y las órdenes de desarrollo. Y, en paralelo, la LISOS, que es donde se tipifican las sanciones. Saber qué regula cada norma es lo que te permite defenderte cuando llega un requerimiento.
FUNDAE publica la lista de normas, pero rara vez explica qué hace cada una ni en qué orden mandan. Esta es esa guía: la pirámide normativa de la formación bonificada peldaño a peldaño, con los artículos que de verdad tocan a una empresa y el enlace al BOE en cada uno.
Cada peldaño desarrolla al de arriba y es más concreto. La empresa convive sobre todo con los dos centrales —Ley 30/2015 y RD 694/2017—, pero conviene conocer la pirámide entera: cuando llega un requerimiento del SEPE, la defensa se construye citando el artículo exacto de la norma que corresponde.
Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. Es la norma que reordenó todo el sistema (sustituyendo al RD 395/2007) y de la que cuelga el resto. Fija los principios, el derecho de los trabajadores a la formación, el crédito de las empresas y —en su capítulo IV— el control y el régimen sancionador, bajo el lema de «tolerancia cero al fraude». De hecho, su disposición final tercera modificó la propia LISOS para ampliar los sujetos responsables (entidades de formación y organizadoras) y crear tipos nuevos como la subcontratación prohibida.
Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que desarrolla la Ley 30/2015. Es la norma operativa: regula las iniciativas y programas, los requisitos y límites de las acciones, los beneficiarios y la justificación. Los artículos que más te tocan como empresa:
Real Decreto 1189/2025, de 26 de diciembre (BOE de 31/12/2025), en vigor desde el 1 de enero de 2026. No reinventa el sistema: modifica puntualmente el RD 694/2017 (y el RD 357/2006) para reforzar el control. Lo que más importa a una empresa:
| Cambio | Qué implica |
|---|---|
| Refuerzo del art. 18 del RD 694/2017 | Más exigencia en la aplicación y justificación de las bonificaciones: trazabilidad documental e identificación contable separada de los costes. |
| Reparto de papeles aclarado | FUNDAE actúa como colaboración técnica, sin potestades administrativas; el SEPE valora las comprobaciones y traslada los incumplimientos a la Inspección de Trabajo (ITSS), que levanta las actas de liquidación y sanción. |
| Nueva percepción por asistencia | Importe por día de asistencia para colectivos concretos (desempleados de Ceuta y Melilla y de atención prioritaria); máx. 75 % del IPREM diario. Afecta a oferta subvencionada, no a la bonificada de empresa. |
Por debajo del reglamento están las órdenes ministeriales. La principal es la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, que desarrolla el RD 694/2017 en lo relativo a la oferta formativa de las administraciones, su financiación y las bases reguladoras de las subvenciones (es decir, sobre todo la formación subvencionada, no la bonificada de empresa). BOE →
El régimen sancionador no está en la normativa de formación, sino en la LISOS — Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Ahí se tipifican las infracciones de empresas y entidades en materia de empleo y formación, graduadas en leves (art. 14), graves (art. 15) y muy graves (art. 16), con sus cuantías (art. 40) y sanciones accesorias (art. 46). Lo esencial a nivel de marco:
El desglose completo del régimen sancionador (el artículo 15.6.f, la tabla de tramos, la frontera grave/muy grave y cómo defenderse) está desarrollado en Contabilización · ficha 17.9. Y los casos reales comentados llegarán en la sección Sentencias y sanciones de esta misma colección. LISOS en el BOE →
Si te encuentras documentación que cita el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo (el subsistema anterior, con su «formación de demanda»), ten en cuenta que está superado: la Ley 30/2015 y el RD 694/2017 lo sustituyeron. Es útil solo para entender expedientes antiguos.
| Norma | Qué regula | Para qué te sirve |
|---|---|---|
| Ley 30/2015 | El sistema completo: principios, crédito, control y sanción. | Marco de referencia y de principio. |
| RD 694/2017 | Reglamento operativo (iniciativas, crédito, obligaciones, bonificaciones). | El día a día de la gestión. |
| RD 1189/2025 | Refuerzo del control y la justificación (desde 2026). | Saber qué te exigen ahora. |
| Orden TMS/368/2019 | Oferta de administraciones y subvenciones. | Solo si concurres a subvencionada. |
| LISOS (RDLeg 5/2000) | Infracciones y sanciones. | El otro lado: qué pasa si algo falla. |
La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, desarrollada por el RD 694/2017. Sobre ellas se apoya todo lo demás.
El RD 1189/2025 (en vigor el 1/1/2026) reforzó el control y la justificación de las bonificaciones y aclaró que FUNDAE no sanciona: lo hace la Inspección de Trabajo a partir del traslado del SEPE.
En la LISOS (RDLeg 5/2000), no en la normativa de formación. Las cuantías exactas se desarrollan en la ficha 17.9 de Contabilización.
No. Fue sustituido por la Ley 30/2015 y el RD 694/2017.
Te calculamos tu crédito disponible y cómo usarlo. Sin compromiso.