La Biblia de la Formación Bonificada — CiberAula
Una colección editorial de CiberAula
La Biblia de la Formación Bonificada
Crédito y bonificación

Sistema RED

El Sistema RED (art. 1.1 Orden ESS/484/2013) es un servicio de la Tesorería General de la Seguridad Social para el intercambio electrónico de datos, documentos y comunicación de actuaciones administrativas con las entidades gestoras y autorizados. Conforme al artículo 2.2.a), su incorporación es obligatoria para las empresas del Régimen General, independientemente del número de trabajadores, salvo excepciones como el Sistema Especial para Empleados de Hogar.

AM
Ana María González
Directora de CiberAula · 25 años en formación bonificada
Actualizado: 26 de septiembre de 2026

Qué significa exactamente

El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos) es un servicio gestionado por la Tesorería General de la Seguridad Social para el intercambio electrónico de datos o documentos y la comunicación de actuaciones administrativas entre la Tesorería, las entidades gestoras de la Seguridad Social y los autorizados, con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social. Conforme al artículo 1 de la Orden ESS/484/2013, su ámbito comprende las actuaciones relativas a la inscripción de empresas y a la afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores, así como a la cotización y recaudación de empresas y trabajadores, y la comunicación de los partes médicos de incapacidad temporal, entre otras materias. El artículo 2 delimita los sujetos obligados o autorizados a operar a través del sistema. En el ámbito de la formación bonificada, el Sistema RED es el cauce por el que la empresa gestiona sus cotizaciones y aplica en sus boletines las bonificaciones correspondientes a la formación una vez comunicada su finalización, de modo que es la herramienta a través de la cual el crédito de formación se traduce en un menor ingreso de cuotas a la Seguridad Social.

Marco legal y regulación

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Norma de referencia: Arts. 1 y 2 Orden ESS/484/2013

Consultar texto oficial en la fuente original

Términos relacionados del bloque Crédito y bonificación

TC1 / TC2 (documentos de cotización)

Antiguas denominaciones de los documentos de cotización a la Seguridad Social: el TC2 era la relación nominal de trabajadores y el TC1 el modelo de ingreso de la liquidación. En el sistema de liquidación directa (art. 22.1 LGSS) la Tesorería General de la Seguridad Social determina la cotización de cada trabajador con los datos aportados por la empresa. A efectos de la formación bonificada, el crédito se calcula con los datos de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones del año anterior y la bonificación se aplica a través del Sistema RED.

Sistema Siltra

Aplicación de escritorio de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), multiplataforma y desarrollada en Java, que permite el intercambio de ficheros de cotización (XML), afiliación e INSS entre el usuario y la TGSS mediante certificado digital, en el Sistema de Liquidación Directa, en el que la TGSS determina la cotización de cada trabajador a solicitud del sujeto responsable (artículo 22.1.b LGSS). Según FUNDAE, las bonificaciones por formación se aplican a través del Sistema RED.

Base de cotización por formación profesional

Base sobre la que se aplica el tipo de cotización por formación profesional, recaudada conjuntamente con las cuotas de la Seguridad Social. Conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015), será la correspondiente a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Los tipos aplicables se fijan anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

CRA — Comunicación de Conceptos Retributivos Abonados

Obligación establecida en el artículo 147.3 del Real Decreto Legislativo 8/2015 por la que los empresarios deben comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social, en cada período de liquidación, el importe de todos los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores, independientemente de su inclusión en la base de cotización. Desde el 1 de enero de 2023 también deben comunicarse determinadas contribuciones empresariales a planes de pensiones de empleo.

Plantilla de referencia

Expresión no normativa con la que se alude a la plantilla que determina el porcentaje de bonificación aplicable al crédito de formación. La Ley 30/2015 (art. 9) remite a la Ley de Presupuestos Generales del Estado, que fija ese porcentaje en función del tamaño de las empresas por tramos (de 6 a 9, de 10 a 49, de 50 a 249 y de 250 o más trabajadores). Fundae calcula el crédito a partir de lo cotizado por formación profesional y de la plantilla media que constan en los Recibos de Liquidación de Cotizaciones del año anterior, con los datos de cuota y plantilla validados por la TGSS.

Ticket FUNDAE

Denominación coloquial sin correspondencia en ningún concepto oficial del sistema de formación programada. Conforme al artículo 15 del Real Decreto 694/2017, las empresas organizadoras comunican la información de cada acción formativa y grupo —denominación, contenidos, modalidad, participantes, profesores, fechas y lugar— mediante el sistema electrónico implantado por el SEPE con apoyo técnico de FUNDAE.

AM
Ana María González

Directora de CiberAula. Llevo veinticinco años ayudando a empresas españolas a aprovechar su formación bonificada. Cada término de este glosario ha pasado por la prueba real de un expediente, una inspección o una asesoría a una empresa concreta.

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