La Biblia de la Formación Bonificada — CiberAula
Una colección editorial de CiberAula
La Biblia de la Formación Bonificada
Inspección y control

Recurso contencioso-administrativo

Recurso ante los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo, que conocen de las pretensiones relativas a la actuación de las Administraciones públicas sujeta al Derecho Administrativo y a las disposiciones de rango inferior a la ley (art. 1.1 Ley 29/1998). Es admisible contra disposiciones generales y actos expresos o presuntos que pongan fin a la vía administrativa (art. 25.1); el plazo general es de dos meses desde la notificación del acto expreso, o de seis si es presunto (art. 46.1).

AM
Ana María González
Directora de CiberAula · 25 años en formación bonificada
Actualizado: 26 de septiembre de 2026

Qué significa exactamente

El recurso contencioso-administrativo es el que se interpone ante los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo frente a la actuación de las Administraciones públicas sujeta al Derecho Administrativo. Conforme al artículo 1.1 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, estos órganos conocen de las pretensiones que se deduzcan en relación con la actuación de las Administraciones públicas sujeta al Derecho Administrativo, con las disposiciones generales de rango inferior a la ley y con los decretos legislativos que excedan los límites de la delegación. El artículo 25.1 determina que el recurso es admisible en relación con las disposiciones y los actos expresos y presuntos que pongan fin a la vía administrativa, y el artículo 46.1 fija el plazo de interposición en dos meses desde la notificación del acto expreso, o seis meses en el caso de acto presunto. En la formación bonificada, el recurso contencioso-administrativo es la vía judicial para impugnar, una vez agotada la vía administrativa, las resoluciones de reintegro o sancionadoras. Es, por tanto, el control jurisdiccional de la actuación administrativa: el cauce por el que la empresa puede someter a los tribunales la legalidad de las decisiones de la Administración en materia de bonificaciones.

Marco legal y regulación

📜

Norma de referencia: Arts. 1.1, 25.1 y 46.1 Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Consultar texto oficial en la fuente original

Términos relacionados del bloque Inspección y control

Recurso de alzada

Recurso administrativo contra las resoluciones y actos que no ponen fin a la vía administrativa, resuelto por el órgano superior jerárquico del que los dictó; puede interponerse ante el órgano que dictó el acto o ante el competente para resolverlo (artículo 121 Ley 39/2015). El plazo de interposición es de un mes si el acto es expreso; transcurrido sin recurrir, la resolución es firme. El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses, tras el cual puede entenderse desestimado (artículo 122).

Prescripción de la infracción

Extinción de la posibilidad de sancionar una infracción por el transcurso del tiempo. El régimen de infracciones y sanciones en formación profesional para el empleo es el de la LISOS (art. 19.1 Ley 30/2015), conforme a la cual las infracciones en el orden social prescriben a los tres años contados desde la fecha de la infracción, y las infracciones en materia de Seguridad Social a los cuatro años (art. 4.1 y 4.2 LISOS). Entre estas últimas figura el falseamiento de documentos o la simulación de la acción formativa para el disfrute indebido de bonificaciones (art. 23.1.h LISOS).

Procedimiento sancionador

Procedimiento administrativo para imponer sanciones por infracciones en el orden social, aplicable a la formación profesional para el empleo mediante la remisión de la Ley 30/2015 al texto refundido de la LISOS (Real Decreto Legislativo 5/2000). Según el artículo 52.1, se inicia siempre de oficio por acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, notificada al sujeto responsable, quien dispone de quince días para formular alegaciones ante el órgano competente para resolver.

Acta con conformidad

En el orden social no existe el acta de conformidad tributaria. El Real Decreto 928/1998 prevé, en su artículo 14.6, que si la sanción propuesta tiene carácter exclusivamente pecuniario, el sujeto responsable puede pagarla antes de la resolución y renunciar a cualquier acción, alegación o recurso en vía administrativa; el pago implica reconocimiento de responsabilidad y reduce la sanción en un 40 por ciento. No cabe en actas concurrentes con actas de liquidación.

Acta de inspección

Documento con el que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social formaliza el resultado de su actividad comprobatoria. Puede ser acta de infracción, que inicia de oficio el procedimiento sancionador (art. 52 LISOS) y refleja los hechos constatados, la infracción imputada con el precepto vulnerado y la propuesta de sanción (art. 53 LISOS), o acta de liquidación por deudas a la Seguridad Social o bonificaciones indebidas (art. 22 Ley 23/2015). Los hechos constatados tienen presunción de certeza, sin perjuicio de las pruebas de los interesados (art. 23 Ley 23/2015).

Trámite de audiencia

Fase del procedimiento administrativo en la que, instruido este e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pone de manifiesto el expediente a los interesados o sus representantes, quienes en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince pueden alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes (art. 82 Ley 39/2015). Puede prescindirse de él cuando no se tengan en cuenta otros hechos, alegaciones ni pruebas que las aducidas por el interesado.

AM
Ana María González

Directora de CiberAula. Llevo veinticinco años ayudando a empresas españolas a aprovechar su formación bonificada. Cada término de este glosario ha pasado por la prueba real de un expediente, una inspección o una asesoría a una empresa concreta.

¿Buscas otro término del sistema FUNDAE?

El Glosario de la Formación Bonificada incluye 300 términos del sistema definidos con cita normativa al BOE.

Ver glosario completo →