La Biblia de la Formación Bonificada — CiberAula
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La Biblia de la Formación Bonificada
Inspección y control

Acta de inspección

Documento con el que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social formaliza el resultado de su actividad comprobatoria. Puede ser acta de infracción, que inicia de oficio el procedimiento sancionador (art. 52 LISOS) y refleja los hechos constatados, la infracción imputada con el precepto vulnerado y la propuesta de sanción (art. 53 LISOS), o acta de liquidación por deudas a la Seguridad Social o bonificaciones indebidas (art. 22 Ley 23/2015). Los hechos constatados tienen presunción de certeza, sin perjuicio de las pruebas de los interesados (art. 23 Ley 23/2015).

AM
Ana María González
Directora de CiberAula · 25 años en formación bonificada
Actualizado: 26 de septiembre de 2026

Qué significa exactamente

El acta de inspección es el documento con el que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social formaliza el resultado de su actividad comprobatoria. La Ley 23/2015, reguladora de la Inspección, establece en su artículo 22 las medidas que los inspectores pueden adoptar tras la actividad comprobatoria —advertir y requerir en vez de sancionar, requerir la subsanación de deficiencias, proponer sanciones o iniciar procedimientos, entre otras— y su artículo 23 regula las actas y su valor. Las actas pueden ser, entre otras, acta de infracción, que inicia el procedimiento sancionador y refleja los hechos constitutivos de infracción, y acta de liquidación, relativa a deudas con la Seguridad Social; los artículos 52 y 53 de la LISOS regulan el contenido y el valor probatorio de las actas de infracción, a las que se reconoce presunción de certeza de los hechos comprobados por el inspector, salvo prueba en contrario. En la formación bonificada, el acta de inspección recoge el resultado del control de la Inspección y puede dar lugar al reintegro de bonificaciones indebidas y a la imposición de sanciones. El acta de inspección es, por tanto, el instrumento formal de la actuación inspectora, dotado de presunción de certeza y base del procedimiento sancionador o de liquidación.

Marco legal y regulación

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Norma de referencia: Arts. 22 y 23 Ley 23/2015; arts. 52 y 53 LISOS

Consultar texto oficial en la fuente original

Términos relacionados del bloque Inspección y control

Trámite de audiencia

Fase del procedimiento administrativo en la que, instruido este e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pone de manifiesto el expediente a los interesados o sus representantes, quienes en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince pueden alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes (art. 82 Ley 39/2015). Puede prescindirse de él cuando no se tengan en cuenta otros hechos, alegaciones ni pruebas que las aducidas por el interesado.

Acta con conformidad

En el orden social no existe el acta de conformidad tributaria. El Real Decreto 928/1998 prevé, en su artículo 14.6, que si la sanción propuesta tiene carácter exclusivamente pecuniario, el sujeto responsable puede pagarla antes de la resolución y renunciar a cualquier acción, alegación o recurso en vía administrativa; el pago implica reconocimiento de responsabilidad y reduce la sanción en un 40 por ciento. No cabe en actas concurrentes con actas de liquidación.

Alegaciones

Escrito mediante el cual los interesados, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducen razones y aportan documentos u otros elementos de juicio que el órgano competente tendrá en cuenta al redactar la propuesta de resolución (art. 76 Ley 39/2015). En el trámite de audiencia disponen de un plazo no inferior a diez días ni superior a quince para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes (art. 82).

Requerimiento

Comunicación por la que la Administración competente solicita a la empresa la subsanación o aclaración de información sobre cualquier aspecto relativo a la práctica de la bonificación, o la aportación de los soportes justificativos de los costes de la formación una vez finalizada esta. Se recibe y se responde por medios electrónicos, aportando documentos acreditativos. Salvo que la norma fije otro plazo, los trámites que deben cumplimentar los interesados se realizan en el plazo de diez días desde el siguiente a la notificación (artículo 73 Ley 39/2015).

Procedimiento sancionador

Procedimiento administrativo para imponer sanciones por infracciones en el orden social, aplicable a la formación profesional para el empleo mediante la remisión de la Ley 30/2015 al texto refundido de la LISOS (Real Decreto Legislativo 5/2000). Según el artículo 52.1, se inicia siempre de oficio por acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, notificada al sujeto responsable, quien dispone de quince días para formular alegaciones ante el órgano competente para resolver.

Hallazgo de control

Denominación informal de las incidencias o irregularidades que los técnicos del SEPE hacen constar en las actuaciones de seguimiento y control de la formación programada. En las visitas presenciales se documentan en la Hoja de actuación, que deja constancia de las irregularidades evidenciadas y de la documentación pendiente de remitir; el cierre de la actuación se graba en el Informe de Resultados, detallando cada incidencia con su acreditación documental. Las incidencias tienen impacto económico en la bonificación aplicada, calculado por FUNDAE en la comprobación del crédito.

AM
Ana María González

Directora de CiberAula. Llevo veinticinco años ayudando a empresas españolas a aprovechar su formación bonificada. Cada término de este glosario ha pasado por la prueba real de un expediente, una inspección o una asesoría a una empresa concreta.

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