La Biblia de la Formación Bonificada — CiberAula
Una colección editorial de CiberAula
La Biblia de la Formación Bonificada
Costes y contabilización

Medios y materiales didácticos

Concepto de coste directo de la formación programada que comprende los gastos de medios didácticos y/o adquisición de materiales didácticos, los gastos en bienes consumibles y, en teleformación, los costes imputables a los medios de comunicación entre formadores y participantes (artículo 13.2.a Orden TAS/2307/2007; orientaciones de costes de FUNDAE). Los soportes justificativos deben detallar el material y el número de elementos adquiridos. La amortización o alquiler de equipos y plataformas tecnológicas es un concepto distinto.

AM
Ana María González
Directora de CiberAula · 25 años en formación bonificada
Actualizado: 26 de septiembre de 2026

Qué significa exactamente

Los medios y materiales didácticos, como concepto de coste, comprenden el gasto en los recursos de contenido y los soportes empleados para impartir y desarrollar la acción formativa: manuales, apuntes, contenidos multimedia, licencias de contenidos, material fungible didáctico y demás medios puestos a disposición del alumnado. Constituyen un coste directo de la formación, en cuanto están directamente vinculados a la impartición de la acción. Su imputación se realiza conforme a los criterios de costes aplicables (artículo 13.2.a de la Orden TAS/2307/2007 y artículo 16 del Real Decreto 694/2017, junto con las orientaciones de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo), debiendo acreditarse su adquisición y su relación con la acción formativa concreta. Este coste ha de distinguirse del material de carácter complementario y de los costes de organización o indirectos. Los medios y materiales didácticos son, por tanto, el conjunto de recursos de contenido y soporte cuya adquisición se imputa como coste directo de la formación, por estar destinados directamente a su impartición y al aprendizaje del alumnado.

Marco legal y regulación

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Norma de referencia: Art. 13.2.a) Orden TAS/2307/2007; art. 16.3.a) RD 694/2017; FUNDAE, Orientaciones de costes

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Términos relacionados del bloque Costes y contabilización

Coste del tutor de teleformación

Retribución del tutor-formador que imparte la formación en modalidad de teleformación, imputable como coste directo de la actividad formativa dentro de la retribución de los formadores, internos y externos (art. 13.2.a Orden TAS/2307/2007; orientaciones de costes de FUNDAE). Si es personal propio de la empresa, el coste interno comprende las labores de impartición, preparación de clases, tutorías, evaluación y seguimiento de alumnos; si es personal externo, se consideran costes directos las labores de impartición, preparación de clases, tutorías y evaluación.

Alquiler de aulas

Coste directo de la actividad formativa: gastos de alquiler, arrendamiento financiero o amortización de las aulas, talleres y demás superficies utilizadas en el desarrollo de la formación (art. 13.2, letra a, Orden TAS/2307/2007). Según FUNDAE, el coste imputable es el del período de alquiler en que se imparte la acción o grupo bonificado, y los justificantes deben indicar el servicio prestado, el período facturado y el lugar del inmueble. Los costes directos e indirectos están limitados, a efectos de bonificación, por los módulos económicos (art. 16.3 RD 694/2017).

Coste del formador interno

Coste directo de la formacion programada correspondiente a la retribucion del personal propio de la empresa en labores de imparticion, preparacion de clases, tutorias, evaluacion y seguimiento y preparacion de medios. Segun las orientaciones de costes de FUNDAE, el coste-hora se obtiene dividiendo el coste anual entre las horas anuales trabajadas segun convenio o contrato, y las horas imputadas deben justificarse. Se acredita con nominas, modelo 190 o certificado de haberes.

Alquiler de equipos didácticos

Coste directo de impartición consistente en el alquiler o arrendamiento financiero de los equipos didácticos y plataformas tecnológicas empleados en la actividad formativa, según el artículo 13.2.a) de la Orden TAS/2307/2007. El coste se determina por grupo o acción formativa y, cuando afecte a varios grupos, se prorratea en función de las horas de formación de cada uno, conforme al artículo 13.1.

Coste del formador externo

Retribución del personal ajeno a la empresa bonificada que realiza labores de impartición, preparación de clases, tutorías, evaluación y preparación de material didáctico. Es un coste directo: la Orden TAS/2307/2007 incluye entre los costes de impartición la retribución de los formadores, internos y externos, y las Orientaciones de costes de Fundae lo distinguen del coste interno del personal propio, cuyo coste-hora se obtiene dividiendo el coste anual entre las horas anuales trabajadas. Se acredita mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente.

Amortización de equipos

Coste directo de la formación programada por las empresas consistente en los gastos de amortización de los equipos didácticos y plataformas tecnológicas utilizados en la actividad formativa (aplicaciones informáticas, maquinaria, utillaje, mobiliario y enseres, equipos para procesos de información, elementos de transporte, edificios y construcciones). Según las orientaciones de FUNDAE, el importe imputado debe ajustarse a los coeficientes máximos de amortización del Impuesto sobre Sociedades y el tiempo se calcula con las horas de la acción y las horas anuales de trabajo del convenio.

AM
Ana María González

Directora de CiberAula. Llevo veinticinco años ayudando a empresas españolas a aprovechar su formación bonificada. Cada término de este glosario ha pasado por la prueba real de un expediente, una inspección o una asesoría a una empresa concreta.

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