La Biblia de la Formación Bonificada — CiberAula
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La Biblia de la Formación Bonificada
Modalidades y planificación

Jornada laboral

Tiempo de trabajo cuya duración será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo, con un máximo ordinario de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual (art. 34.1 del Estatuto de los Trabajadores). En la formación programada, los costes salariales del personal que se forma dentro de la jornada se computan en la cofinanciación privada por las horas realmente dedicadas a la formación, sin ser objeto de bonificación (art. 9.5 Ley 30/2015; art. 16.3.b RD 694/2017).

AM
Ana María González
Directora de CiberAula · 25 años en formación bonificada
Actualizado: 26 de septiembre de 2026

Qué significa exactamente

La jornada laboral es el tiempo de trabajo cuya duración, conforme al artículo 34.1 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), es la pactada en los convenios colectivos o en los contratos de trabajo, con una duración máxima ordinaria de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. El propio artículo 34 permite, mediante convenio o acuerdo, la distribución irregular de la jornada a lo largo del año, respetando los periodos mínimos de descanso y con preaviso al trabajador. En el ámbito de la formación bonificada, la jornada laboral es relevante para deslindar la formación impartida dentro o fuera de ella: el artículo 9.5 de la Ley 30/2015 y el artículo 16.3.b) del Real Decreto 694/2017 permiten computar, entre los costes de la formación, los costes salariales de las personas trabajadoras correspondientes a las horas en que reciben la formación dentro de su jornada laboral, que pueden integrar la cofinanciación privada. Por ello, la correcta imputación de las horas dentro o fuera de jornada, y su acreditación, es un aspecto relevante en la justificación de los costes y de la cofinanciación de la formación programada.

Marco legal y regulación

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Norma de referencia: Art. 34.1 RDLeg 2/2015 (ET); art. 9.5 Ley 30/2015; art. 16.3.b RD 694/2017

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Términos relacionados del bloque Modalidades y planificación

Duración total del grupo

Número de horas de la acción formativa impartida a un grupo, comunicadas como horas lectivas al notificar la finalización, antes de aplicar la bonificación (art. 15.2 RD 694/2017). Multiplicada por el número de participantes, determina el total de horas de formación, base del prorrateo de costes entre grupos (art. 16.2) y de los módulos económicos máximos por participante y hora (art. 16.1).

Formación dentro de jornada

Modalidad en la que el trabajador recibe formación durante su jornada laboral. Según el artículo 16 del RD 694/2017, los costes salariales correspondientes a las horas de jornada en que el trabajador participa realmente en la formación se consideran costes de personal del alumno formado: no son bonificables, pero se computan como aportación privada a efectos de la cofinanciación que el artículo 17 exige a las empresas de más de cinco trabajadores.

Horas asíncronas

Horas de teleformación en las que el participante trabaja en la plataforma sin coincidencia temporal con el tutor; asíncrono es lo «que no tiene lugar en completa correspondencia temporal con otro proceso» (Diccionario de la lengua española). La normativa de la formación programada no distingue horas síncronas y asíncronas: exige una plataforma que posibilite la interactividad de alumnos, tutores y recursos situados en distinto lugar, con seguimiento continuo y en tiempo real y asistencia tutorial (artículo 4.2 RD 694/2017).

Formación fuera de jornada

Formación programada impartida fuera del horario de trabajo del participante. Los costes salariales del personal formado solo comprenden los de los trabajadores formados en la jornada laboral, por las horas en que realmente participan (art. 16.3.b RD 694/2017), de modo que la formación fuera de jornada no genera coste salarial computable para la cofinanciación privada. La formación necesaria para adaptarse a las modificaciones del puesto corre a cargo de la empresa y su tiempo es en todo caso tiempo de trabajo efectivo (art. 23.1.d ET).

Horas síncronas

Horas de formación en las que la persona formadora y las personas participantes se comunican de forma concurrente, directa, bidireccional y en tiempo real mediante medios tecnológicos de carácter síncrono. En la formación programada por las empresas del ejercicio 2026, la formación presencial puede impartirse en su totalidad mediante aula virtual, considerándose formación presencial, con conectividad sincronizada, bidireccionalidad y un registro de conexiones que identifique a los participantes y sus fechas y tiempos de conexión (art. 2 Resolución SEPE de 25 de noviembre de 2025).

Tiempo efectivo de trabajo

Tiempo de trabajo computable a efectos de la jornada: la jornada ordinaria máxima es de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual y el tiempo de trabajo se computa de modo que al comienzo y al final de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo (art. 34 ET). El tiempo destinado a la formación necesaria para la adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo se considera en todo caso tiempo de trabajo efectivo (art. 23 ET).

AM
Ana María González

Directora de CiberAula. Llevo veinticinco años ayudando a empresas españolas a aprovechar su formación bonificada. Cada término de este glosario ha pasado por la prueba real de un expediente, una inspección o una asesoría a una empresa concreta.

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