Documento del curso que, según FUNDAE, debe incorporar la plataforma virtual en la teleformación, con los objetivos, el resumen de contenidos, el funcionamiento del curso (herramientas y metodología de aprendizaje), las características de la tutoría, el calendario, el seguimiento, los controles y el sistema de evaluación. En las acciones impartidas mediante teleformación forma parte, según FUNDAE, de la documentación que la empresa debe conservar durante cuatro años (art. 18.2 RD 694/2017), junto con los registros de actividad y los controles de aprendizaje.
Norma de referencia: FUNDAE, Preguntas frecuentes (plataforma virtual y documentación en teleformación); art. 18.2 RD 694/2017
Consultar texto oficial en la fuente originalConjunto de temas que se proponen para su estudio; sinónimo de programa (DLE). En la formación programada por las empresas, los contenidos se graban al dar de alta la acción formativa (FUNDAE) y forman parte de la información mínima de la comunicación de inicio, que incluye la denominación y los contenidos básicos de la acción formativa (art. 15.2 RD 694/2017). La denominación, los objetivos y la descripción de las acciones programadas deben ponerse también a disposición de la representación legal de los trabajadores (art. 13.1 RD 694/2017).
Recursos elaborados o adquiridos para el desarrollo de la actividad formativa. En la formación programada por las empresas, los gastos de medios didácticos y de adquisición de materiales didácticos, así como los bienes consumibles, son, según FUNDAE, costes directos bonificables; admite también como coste directo el personal propio o externo dedicado a la elaboración del material, con horas proporcionadas a la duración de la acción. Los medios pedagógicos figuran entre la información que la empresa debe facilitar a la representación legal de los trabajadores (artículo 13 RD 694/2017).
Conjunto de conocimientos y destrezas que permiten el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo. Según el artículo 2.5 de la Ley Orgánica 3/2022, de ordenación e integración de la Formación Profesional, las competencias profesionales se recogen en los estándares de competencia profesional, que servirán para el diseño de cualquier oferta de formación profesional.
Material didáctico adicional que sirve para completar o perfeccionar los medios y materiales principales de una acción formativa. Su adquisición o elaboración puede imputarse como coste directo dentro de los gastos de medios y materiales didácticos (art. 13.2.a Orden TAS/2307/2007), si bien, según las Orientaciones de costes de FUNDAE, en ningún caso son coste objeto de financiación pública los materiales o servicios que no resulten estrictamente necesarios para la impartición de la actividad formativa.
Enunciados que expresan las competencias, conocimientos y capacidades que el alumnado debe adquirir mediante una acción formativa. Según el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, una acción formativa se dirige a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales, pudiendo estructurarse en módulos con objetivos propios (art. 3.1). En la formación programada, la empresa debe poner a disposición de la representación legal de los trabajadores la denominación, objetivos y descripción de las acciones (art. 13.1.a).
Contenidos y medios que soportan el aprendizaje en una acción formativa. En la formación programada por las empresas, la información a la representación legal de los trabajadores debe incluir los medios pedagógicos (art. 13 RD 694/2017); los medios y materiales didácticos son costes directos y, en teleformación, la plataforma debe asegurar la gestión de los contenidos (art. 4 RD 694/2017). Fundae exige conservar los contenidos y recursos didácticos durante cuatro años.
El Glosario de la Formación Bonificada incluye 300 términos del sistema definidos con cita normativa al BOE.