La Biblia de la Formación Bonificada — CiberAula
Una colección editorial de CiberAula
La Biblia de la Formación Bonificada
Contenidos y evaluación

Competencias profesionales

Conjunto de conocimientos y destrezas que permiten el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo. Según el artículo 2.5 de la Ley Orgánica 3/2022, de ordenación e integración de la Formación Profesional, las competencias profesionales se recogen en los estándares de competencia profesional, que servirán para el diseño de cualquier oferta de formación profesional.

AM
Ana María González
Directora de CiberAula · 25 años en formación bonificada
Actualizado: 26 de septiembre de 2026

Qué significa exactamente

Las competencias profesionales son, conforme al artículo 2 de la Ley Orgánica 3/2022, el conjunto de conocimientos y destrezas que permiten el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo. Se distinguen de las competencias básicas —necesarias para la realización y el desarrollo personal, la participación social y la mejora de la empleabilidad— y se identifican, ordenan y actualizan a través del catálogo de estándares de competencias del Sistema Nacional de Formación Profesional. En el ámbito de la formación profesional para el empleo, el artículo 3.1 del Real Decreto 694/2017 define la acción formativa como la dirigida a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales de los trabajadores, y el artículo 4.3 sitúa las competencias entre lo que la acción y su impartición deben permitir alcanzar. Las competencias profesionales son, por tanto, el objeto último de la formación: lo que el trabajador debe adquirir o mejorar, lo que da sentido a los objetivos y contenidos de la acción, y la referencia frente a la que se evalúa su aprovechamiento y, en su caso, se acredita o certifica la cualificación obtenida.

Marco legal y regulación

📜

Norma de referencia: Art. 2.5 Ley Orgánica 3/2022; arts. 3.1 y 4.3 RD 694/2017

Consultar texto oficial en la fuente original

Términos relacionados del bloque Contenidos y evaluación

Objetivos de aprendizaje

Enunciados que expresan las competencias, conocimientos y capacidades que el alumnado debe adquirir mediante una acción formativa. Según el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, una acción formativa se dirige a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales, pudiendo estructurarse en módulos con objetivos propios (art. 3.1). En la formación programada, la empresa debe poner a disposición de la representación legal de los trabajadores la denominación, objetivos y descripción de las acciones (art. 13.1.a).

Temario

Conjunto de temas que se proponen para su estudio; sinónimo de programa (DLE). En la formación programada por las empresas, los contenidos se graban al dar de alta la acción formativa (FUNDAE) y forman parte de la información mínima de la comunicación de inicio, que incluye la denominación y los contenidos básicos de la acción formativa (art. 15.2 RD 694/2017). La denominación, los objetivos y la descripción de las acciones programadas deben ponerse también a disposición de la representación legal de los trabajadores (art. 13.1 RD 694/2017).

Programa formativo

Documento que ordena las materias de un curso. En la formación programada por las empresas, la comunicación de cada acción formativa debe contener, al menos, su denominación y contenidos básicos, la modalidad de impartición, el número previsto de trabajadores participantes y de profesores o tutores, la fecha, horario y lugar de realización, y la razón social y el NIF de las empresas participantes (art. 15.2 RD 694/2017).

Guía didáctica

Documento del curso que, según FUNDAE, debe incorporar la plataforma virtual en la teleformación, con los objetivos, el resumen de contenidos, el funcionamiento del curso (herramientas y metodología de aprendizaje), las características de la tutoría, el calendario, el seguimiento, los controles y el sistema de evaluación. En las acciones impartidas mediante teleformación forma parte, según FUNDAE, de la documentación que la empresa debe conservar durante cuatro años (art. 18.2 RD 694/2017), junto con los registros de actividad y los controles de aprendizaje.

Material didáctico

Recursos elaborados o adquiridos para el desarrollo de la actividad formativa. En la formación programada por las empresas, los gastos de medios didácticos y de adquisición de materiales didácticos, así como los bienes consumibles, son, según FUNDAE, costes directos bonificables; admite también como coste directo el personal propio o externo dedicado a la elaboración del material, con horas proporcionadas a la duración de la acción. Los medios pedagógicos figuran entre la información que la empresa debe facilitar a la representación legal de los trabajadores (artículo 13 RD 694/2017).

Material complementario

Material didáctico adicional que sirve para completar o perfeccionar los medios y materiales principales de una acción formativa. Su adquisición o elaboración puede imputarse como coste directo dentro de los gastos de medios y materiales didácticos (art. 13.2.a Orden TAS/2307/2007), si bien, según las Orientaciones de costes de FUNDAE, en ningún caso son coste objeto de financiación pública los materiales o servicios que no resulten estrictamente necesarios para la impartición de la actividad formativa.

AM
Ana María González

Directora de CiberAula. Llevo veinticinco años ayudando a empresas españolas a aprovechar su formación bonificada. Cada término de este glosario ha pasado por la prueba real de un expediente, una inspección o una asesoría a una empresa concreta.

¿Buscas otro término del sistema FUNDAE?

El Glosario de la Formación Bonificada incluye 300 términos del sistema definidos con cita normativa al BOE.

Ver glosario completo →