Trabajador de la propia empresa bonificada que imparte la formación cuando esta se realiza con medios propios (art. 9.3 Ley 30/2015 y art. 14 RD 694/2017). Su retribución es un coste directo: según las Orientaciones de costes de Fundae, comprende las labores de impartición, preparación de clases, tutorías, evaluación y seguimiento de alumnos, se calcula como coste-hora (coste anual entre horas anuales trabajadas) y se acredita con justificantes retributivos, dentro de los módulos económicos máximos (art. 16 RD 694/2017).
Norma de referencia: Art. 9.3 Ley 30/2015; arts. 14.1 y 16 RD 694/2017; Orientaciones de costes Fundae (2.1.1.1 y 3.1.5)
Consultar texto oficial en la fuente originalPersonal externo a la empresa bonificada contratado para impartición, preparación de clases, tutorías y evaluación, pues las empresas pueden impartir la formación con medios propios o recurriendo a su contratación (art. 14.1 RD 694/2017). Su retribución, como la de los formadores internos, es coste directo o de impartición (art. 13.2.a Orden TAS/2307/2007). Sus facturas deben contener, al menos, la denominación y el número de la acción formativa y grupo, el servicio prestado y las fechas de inicio y finalización de cada grupo.
Tutor-formador que presta asistencia tutorial en teleformación. Conforme al artículo 4 del Real Decreto 694/2017, la impartición debe realizarse mediante plataforma virtual, con un mínimo de un tutor por cada 80 participantes; los tutores-formadores deben acreditar formación o experiencia en esta modalidad y, si la formación se vincula a certificados de profesionalidad, cumplir sus prescripciones específicas. Según el artículo 3, se les aplica el límite de 8 horas diarias de dedicación.
Denominación no normativa de la persona o entidad que ejecuta las comunicaciones y trámites del expediente de formación bonificada. FUNDAE la identifica como gestor administrativo: entidad que realiza exclusivamente las comunicaciones a través de la aplicación y que, por ello, no tiene la consideración de entidad organizadora; la empresa bonificada la autoriza como usuario con el perfil «gestor», que puede notificar pero no administra usuarios ni agrupaciones. El gasto de esa gestión puede imputarse como coste indirecto de la formación (artículo 16 del RD 694/2017 y artículo 13.2.b de la Orden TAS/2307/2007).
Persona a quien la empresa encomienda internamente la gestión de la formación. La normativa atribuye a la empresa beneficiaria las obligaciones de custodiar la documentación acreditativa de la asistencia diaria de los participantes y mantenerla a disposición de los órganos de control competentes (art. 12.2, letras d y f, RD 694/2017). La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo facilita un modelo de control de asistencia.
Denominación genérica de la persona que dirige («persona que dirige algo en razón de su profesión o de su cargo», según el Diccionario de la lengua española) los aspectos pedagógicos («perteneciente o relativo a la pedagogía») de un plan formativo o de una entidad de formación. No es una figura definida en la normativa de la formación programada por las empresas: el RD 694/2017 solo exige, respecto del personal docente, que los tutores-formadores de teleformación cuenten con formación o experiencia verificables en esta modalidad (art. 4.2).
Persona trabajadora que toma parte en una acción formativa. En la formación programada por las empresas, la comunicación de inicio recoge el número previsto de participantes y la de finalización el listado de quienes han concluido la formación. La empresa debe custodiar la documentación acreditativa de su asistencia, distribuir los cuestionarios de evaluación de calidad y garantizarles la gratuidad de la formación (arts. 12.2 y 15.2 del Real Decreto 694/2017).
El Glosario de la Formación Bonificada incluye 300 términos del sistema definidos con cita normativa al BOE.