La Biblia de la Formación Bonificada — CiberAula
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La Biblia de la Formación Bonificada
Trámites y documentación

Alta de empresa en FUNDAE

Trámite inicial por el que la empresa se registra en la aplicación telemática de formación programada por las empresas, sistema electrónico implantado por el Servicio Público de Empleo Estatal con el apoyo técnico de FUNDAE a través del cual se realizan las comunicaciones de inicio y finalización de la formación (art. 15.3 RD 694/2017). El alta requiere certificado digital de representante y puede hacerse con el perfil de empresa bonificada, de grupo de empresas o a través de una entidad organizadora; FUNDAE recomienda comprobar que las cuentas de cotización comunicadas son correctas.

AM
Ana María González
Directora de CiberAula · 25 años en formación bonificada
Actualizado: 26 de septiembre de 2026

Qué significa exactamente

El alta de empresa en FUNDAE es el registro inicial de la empresa en la aplicación telemática de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, trámite previo e imprescindible para poder gestionar la formación programada y aplicar las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. Al darse de alta, la empresa facilita sus datos identificativos y de cotización y configura los usuarios y accesos con los que operará en el sistema. Este registro habilita a la empresa como beneficiaria del crédito de formación y le permite comunicar sus grupos formativos, aplicar las bonificaciones y cumplir las obligaciones de comunicación y justificación previstas en la normativa (Real Decreto 694/2017). Sin el alta previa no es posible acceder a la aplicación ni bonificar la formación, por lo que constituye el punto de entrada al sistema para cualquier empresa que desee formar a sus trabajadores con cargo a su crédito. El alta de empresa en FUNDAE es, por tanto, el registro inicial que habilita a la empresa para gestionar su formación bonificada y aplicar las bonificaciones a través de la aplicación telemática.

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Marco legal y regulación

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Norma de referencia: Art. 15.3 RD 694/2017; FUNDAE, «Cómo bonificarte», paso 2

Consultar texto oficial en la fuente original

Términos relacionados del bloque Trámites y documentación

Apoderamiento FUNDAE

Autorizacion con la que el representante legal de la empresa habilita a otras personas para actuar en la aplicacion de formacion programada. El acceso inicial exige certificado digital de representante; los demas usuarios entran con su certificado de persona fisica, previa autorizacion del representante, con perfil de administrador, gestor, grabador o consultor. La representacion ante las Administraciones se rige por el articulo 5 de la Ley 39/2015.

Alta de usuario gestor

Autorización, en la aplicación de formación programada por las empresas de FUNDAE, de una persona física que accede con su propio certificado digital, previa autorización del representante legal de la empresa, con el perfil de Gestor: igual al de Administrador, pero sin administrar usuarios ni agrupaciones; existen además los perfiles Grabador (solo graba, no puede notificar) y Consultor (solo consulta). El alta se realiza desde el menú Empresa, Alta de usuarios, y la cumplimenta el Administrador.

Firma electrónica

Datos en formato electronico anejos o asociados logicamente a otros datos que el firmante utiliza para firmar (art. 3 del Reglamento (UE) 910/2014, eIDAS). Segun su art. 25, no se le pueden denegar efectos juridicos ni admisibilidad como prueba por ser electronica, y solo la cualificada equivale a la firma manuscrita. En Espana se complementa con la Ley 6/2020 de servicios electronicos de confianza.

Comunicación de inicio de grupo

Comunicación de empresas y entidades organizadoras a la Administración competente sobre cada acción formativa, incluyendo denominación y contenidos, modalidad, número de participantes y profesores, fecha, horario, lugar, y razón social y NIF de las empresas. Se realiza mediante el sistema electrónico del Servicio Público de Empleo Estatal, con apoyo de FUNDAE (artículo 15.2 y 15.3 del Real Decreto 694/2017).

Certificado digital FNMT

Certificado electrónico expedido por la Autoridad Pública de Certificación Española CERES, de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), una de las autoridades de certificación admitidas para acceder a la aplicación de formación programada por las empresas de Fundae. El alta de la empresa requiere un certificado digital de Representante; los certificados son personales e intransferibles, por lo que cada usuario accede con su propio certificado de persona física.

Plazo de 2 días naturales (comunicación de inicio)

Antelación mínima con la que debe comunicarse el inicio de cada grupo en la formación programada por las empresas. Para 2026, la Resolución de 25 de noviembre de 2025 del SEPE permite realizar las comunicaciones de inicio del artículo 15 del RD 694/2017 hasta dos días antes de la fecha de comienzo de cada grupo (art. 4.1), frente a los 7 días naturales del artículo 18.1 de la Orden TAS/2307/2007; FUNDAE lo concreta en 2 días naturales. Si no se comunica en plazo, el grupo se considera «no realizado» a efectos de la bonificación, salvo causas imprevisibles justificadas (art. 4.3).

AM
Ana María González

Directora de CiberAula. Llevo veinticinco años ayudando a empresas españolas a aprovechar su formación bonificada. Cada término de este glosario ha pasado por la prueba real de un expediente, una inspección o una asesoría a una empresa concreta.

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