Certificado electrónico expedido por la Autoridad Pública de Certificación Española CERES, de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), una de las autoridades de certificación admitidas para acceder a la aplicación de formación programada por las empresas de Fundae. El alta de la empresa requiere un certificado digital de Representante; los certificados son personales e intransferibles, por lo que cada usuario accede con su propio certificado de persona física.
Norma de referencia: Guía de certificados digitales y FAQ de Fundae (formación programada); art. 9.2.a) Ley 39/2015
Consultar texto oficial en la fuente originalSistema de identificación, autenticación y firma electrónica común del Sector Público Administrativo Estatal, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 19 de septiembre de 2014 (Orden PRE/1838/2014) y basado en claves concertadas previo registro. Prevé dos sistemas: Cl@ve ocasional (Cl@ve PIN), contraseña de validez muy limitada para usuarios esporádicos, y Cl@ve permanente, de validez duradera para usuarios habituales; en la sede de la Agencia Tributaria el PIN por SMS caduca a los 5 minutos. La aplicación de formación programada exige certificado digital de Representante.
Datos en formato electronico anejos o asociados logicamente a otros datos que el firmante utiliza para firmar (art. 3 del Reglamento (UE) 910/2014, eIDAS). Segun su art. 25, no se le pueden denegar efectos juridicos ni admisibilidad como prueba por ser electronica, y solo la cualificada equivale a la firma manuscrita. En Espana se complementa con la Ley 6/2020 de servicios electronicos de confianza.
Sistema electrónico implantado y administrado por el Servicio Público de Empleo Estatal, con el apoyo técnico de FUNDAE, en el marco del Sistema Nacional de Empleo. A través de él, las empresas y entidades organizadoras comunican a la Administración Pública competente el inicio y la finalización de las acciones formativas, con la información sobre grupos, participantes y costes exigida en el artículo 15 del Real Decreto 694/2017.
Autorizacion con la que el representante legal de la empresa habilita a otras personas para actuar en la aplicacion de formacion programada. El acceso inicial exige certificado digital de representante; los demas usuarios entran con su certificado de persona fisica, previa autorizacion del representante, con perfil de administrador, gestor, grabador o consultor. La representacion ante las Administraciones se rige por el articulo 5 de la Ley 39/2015.
Trámite inicial por el que la empresa se registra en la aplicación telemática de formación programada por las empresas, sistema electrónico implantado por el Servicio Público de Empleo Estatal con el apoyo técnico de FUNDAE a través del cual se realizan las comunicaciones de inicio y finalización de la formación (art. 15.3 RD 694/2017). El alta requiere certificado digital de representante y puede hacerse con el perfil de empresa bonificada, de grupo de empresas o a través de una entidad organizadora; FUNDAE recomienda comprobar que las cuentas de cotización comunicadas son correctas.
Autorización, en la aplicación de formación programada por las empresas de FUNDAE, de una persona física que accede con su propio certificado digital, previa autorización del representante legal de la empresa, con el perfil de Gestor: igual al de Administrador, pero sin administrar usuarios ni agrupaciones; existen además los perfiles Grabador (solo graba, no puede notificar) y Consultor (solo consulta). El alta se realiza desde el menú Empresa, Alta de usuarios, y la cumplimenta el Administrador.
El Glosario de la Formación Bonificada incluye 300 términos del sistema definidos con cita normativa al BOE.