Novedades legales en formación obligatoria
Normas nuevas y cambios que obligan a las empresas a formar a su personal. Cada novedad lleva su fuente oficial y, cuando existe, la ficha con lo que exige la ley.
Atención a la clientela: el personal debe estar formado antes del 28 de diciembre
La Ley 10/2025 obliga a que el personal que atiende a la clientela, y quien diseña y gestiona los canales automáticos, tenga formación adecuada al sector, con formación previa en accesibilidad universal, lenguas cooficiales y atención a personas vulnerables, y formación continuada a cargo de la empresa (art. 9.2). Las empresas tienen doce meses desde su entrada en vigor para adaptarse.
A quién afecta: Empresas de suministros, transporte, telecomunicaciones, servicios postales y financieros, y empresas que venden a consumidores con 250 o más trabajadores o más de 50 millones de facturación.
ver la ficha · Ley 10/2025, de 26 de diciembre, de servicios de atención a la clientela →
Planes de autoprotección: programa de formación periódica y simulacro anual
La nueva Directriz Básica de autoprotección sustituye a la Norma Básica de 2007. Las actividades de su anexo I deben contar con un programa de formación periódica del personal y hacer al menos un simulacro al año; los planes ya existentes tienen cuatro años para adaptarse.
A quién afecta: Las actividades incluidas en el anexo I de la Directriz Básica de autoprotección.
ver la ficha · Orden INT/1068/2026 (Directriz Básica de autoprotección) →
La empresa debe informar por escrito a cada trabajador de su derecho a la formación
El Real Decreto 723/2026 amplía la información escrita que la empresa debe dar a cada persona trabajadora sobre sus condiciones de trabajo. Entre los datos obligatorios figura el derecho a la formación proporcionada por la empresa (art. 3.2.i). No crea un curso nuevo, pero obliga a dejar constancia de ese derecho.
A quién afecta: Todas las empresas con personas trabajadoras.
Inteligencia artificial: cambia la obligación de formar al personal (artículo 4)
El Reglamento (UE) 2026/1744 reescribe el artículo 4 del Reglamento de IA: las empresas que usan sistemas de IA deben adoptar medidas para apoyar la alfabetización en IA de su personal y de quienes los manejan en su nombre. Ya no se exige garantizar un nivel concreto de cada persona, pero la obligación de poner medios sigue vigente desde el 2 de febrero de 2025.
A quién afecta: Cualquier empresa que use herramientas de IA en el trabajo, incluidos asistentes como ChatGPT, Copilot o Gemini.
ver la ficha · Reglamento (UE) 2026/1744 («Ómnibus digital»), que modifica el Reglamento (UE) 2024/1689 →
Sector financiero: formación obligatoria en seguridad digital para todo el personal y la dirección
El Reglamento DORA obliga a las entidades financieras a incluir en su plan de formación, como módulos obligatorios, concienciación en seguridad de las TIC y formación en resiliencia operativa digital para todo el personal y la alta dirección (art. 13.6), y formación específica periódica para el órgano de dirección (art. 5.4).
A quién afecta: Bancos, entidades de pago y de dinero electrónico, empresas de inversión, aseguradoras, gestoras y proveedores de criptoactivos, entre otros.
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