La Biblia de la Formación Bonificada — CiberAula
Una colección editorial de CiberAula
La Biblia de la Formación Bonificada
Modalidades y planificación

Número mínimo de participantes por grupo

La normativa de la formación programada por las empresas no fija un número mínimo de participantes por grupo formativo; solo establece máximos: la formación presencial se organiza en grupos de 30 participantes como máximo, 25 en la vinculada a certificados de profesionalidad, y en teleformación debe haber, como mínimo, un tutor por cada 80 participantes (art. 4 RD 694/2017). Al comunicar cada grupo, la empresa indica el número previsto de trabajadores participantes (art. 15 RD 694/2017).

AM
Ana María González
Directora de CiberAula · 25 años en formación bonificada
Actualizado: 26 de septiembre de 2026

Qué significa exactamente

La normativa de la formación programada por las empresas no fija un número mínimo de participantes por grupo formativo. El artículo 4 del Real Decreto 694/2017 regula las modalidades y los límites de impartición estableciendo únicamente máximos —el número máximo de participantes por grupo según la modalidad y, en teleformación, la proporción de tutores—, pero no un umbral mínimo por debajo del cual la acción no pueda impartirse o bonificarse. En consecuencia, un grupo puede tener incluso un solo participante sin que ello afecte, por sí mismo, a la validez de la acción ni a la procedencia de la bonificación, siempre que se cumplan los demás requisitos: relación con la actividad empresarial, comunicación de inicio y finalización, documentación justificativa y respeto de los costes máximos por participante y hora. Lo que sí condiciona el importe es el cómputo de los costes: conforme al artículo 16, el número total de horas de formación resulta de multiplicar las horas de duración de la acción por el número de participantes de cada grupo, de modo que un grupo con pocos participantes genera menos horas bonificables. La ausencia de mínimo es, por tanto, una característica del sistema de formación programada.

Marco legal y regulación

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Norma de referencia: Art. 4.2 y 4.4 RD 694/2017; art. 15.2 RD 694/2017

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Términos relacionados del bloque Modalidades y planificación

Grupo formativo

Cada uno de los grupos en que se imparte una acción formativa. Según el artículo 15.2 del Real Decreto 694/2017, las empresas comunican por grupo su denominación, contenidos, modalidad, número de participantes y profesores, fecha, horario y lugar; y, antes de aplicar la bonificación, comunican su finalización con el listado de participantes, horas y coste. Los costes se determinan por grupo (art. 16.2) y, en presencial, cada grupo no supera los 30 participantes (art. 4.4).

Número máximo de participantes por grupo

El art. 4 del RD 694/2017 fija los límites de participantes según la modalidad. En la presencial, los grupos serán de 30 participantes como máximo, reducidos a 25 en la formación vinculada a certificados de profesionalidad. En teleformación no se establece tope de grupo, pero debe haber al menos un tutor por cada 80 participantes. En las acciones mixtas cada límite se aplica según su respectiva modalidad de impartición.

Acción formativa

Según el artículo 3 del Real Decreto 694/2017, acción formativa es la dirigida a la adquisición y mejora de competencias y cualificaciones profesionales, pudiendo estructurarse en módulos con objetivos, contenidos y duración propios. En la formación programada por empresas no es obligatorio referenciarla al Catálogo de Especialidades Formativas. No tienen tal consideración las actividades meramente informativas o divulgativas ni las de duración inferior a dos horas.

Ratio alumno/tutor en teleformación

Límite fijado en el artículo 4 del Real Decreto 694/2017: en la formación impartida mediante teleformación debe haber, como mínimo, un tutor por cada 80 participantes. Los tutores-formadores deben tener formación o experiencia verificables en esta modalidad; en las acciones mixtas los límites de cada modalidad se aplican a su parte respectiva, y en la presencial el máximo es de 30 participantes por grupo (25 en certificados de profesionalidad). En la teleformación de certificados, las tutorías presenciales respetan el máximo de alumnos para el que esté acreditada la entidad en presencial.

Formación continua

Cualquier tipo de formación realizada después de la formación inicial y de la incorporación a la vida activa, dentro o fuera del sistema educativo, con el objetivo de adquirir, ampliar o actualizar conocimientos o competencias para la adaptación, promoción profesional o reconversión del itinerario personal o profesional (art. 2.10 LO 3/2022). La denominación no se asocia a un tipo de oferta, sino al proceso de aprendizaje en el itinerario formativo de cada persona.

Horas lectivas

El número de horas lectivas de la formación es uno de los datos que la empresa debe comunicar al finalizar cada grupo formativo, antes de aplicarse la bonificación, junto al listado de participantes que finalizaron y el coste total (art. 15.2 RD 694/2017). Multiplicado por el número de participantes determina las horas totales de formación del grupo, base para el prorrateo de gastos entre grupos de una misma acción (art. 16.2).

AM
Ana María González

Directora de CiberAula. Llevo veinticinco años ayudando a empresas españolas a aprovechar su formación bonificada. Cada término de este glosario ha pasado por la prueba real de un expediente, una inspección o una asesoría a una empresa concreta.

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