Respuesta corta: la empresa puede bonificarse igual. La ley incluye expresamente a quien sale de la empresa durante la formación. Si el trabajador hace al menos el 75 % del curso, cuenta como participante, y bonifica la empresa en la que estaba cuando empezó el grupo, aunque ya no trabaje allí.
Preguntas frecuentes
¿Buscas una duda concreta? 184 preguntas respondidas en La Biblia.
Es una situación muy corriente: un trabajador empieza un curso bonificado y, antes de terminarlo, se va de la empresa porque cambia de trabajo, porque termina su contrato o porque lo despiden. La duda de la empresa es siempre la misma: si el curso ya está pagado, ¿se pierde la bonificación? No se pierde. La Ley 30/2015, que regula el sistema de formación para el empleo, enumera quién puede participar en la formación programada por las empresas y menciona este caso por su nombre:
«[…] así como los trabajadores que, durante su participación en esta formación, accedan a situación de desempleo […]».Ley 30/2015, de 9 de septiembre, artículo 9.1
El Real Decreto 694/2017, que desarrolla la ley, repite la misma regla en su artículo 5.1.a: pueden participar «los trabajadores que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo». La norma no distingue la causa de la salida.
Que el trabajador se vaya no cambia los requisitos que se piden a cualquier participante. Son dos, y ninguno mira lo que pasa después de la fecha de inicio:
La de origen. FUNDAE lo responde en sus preguntas frecuentes sin dejar margen: la empresa que debe constar en la finalización y que debe aplicar la bonificación es aquella a la que pertenece el trabajador en la fecha de inicio del grupo formativo. Por tanto, aunque el trabajador termine el curso ya contratado en otra empresa, el crédito que se usa es el de la primera, y es ella quien se descuenta el importe en sus cotizaciones.
La nueva empresa no puede bonificar ese curso: el trabajador no estaba de alta en ella al inicio del grupo. Si quiere formarlo, tendrá que hacerlo en un grupo nuevo con su propio crédito. Cuando el cambio de empresa se debe a una fusión, una escisión o una subrogación, el caso tiene matices propios, que explicamos en grupos de empresas y cambios societarios.
No todo trabajador que deja de ir a la oficina ha dejado la empresa. Estos son los casos que más se confunden, con lo que dice de cada uno FUNDAE:
| Situación | ¿Se puede bonificar su formación? |
|---|---|
| Pasa a desempleo durante el curso | Sí, si hace al menos el 75 % del curso. |
| Se va a otra empresa durante el curso | Sí, bonifica la empresa en la que estaba al inicio del grupo. |
| ERTE (suspensión temporal del contrato) | Sí, también en los periodos de suspensión de empleo. |
| Fijo discontinuo fuera de temporada | Sí, también en los periodos de no ocupación. |
| Excedencia por cuidado de hijos o familiares, o por cargo público | Sí, durante los tres primeros años. |
| Excedencia voluntaria | No: la empresa no puede bonificar la formación que el trabajador realice. |
Los casos de baja médica, vacaciones o permiso por nacimiento, en los que el trabajador sigue en la empresa, están en quién puede participar en la formación bonificada.
A FUNDAE no hay que comunicarle nada en el momento de la salida: al inicio del grupo solo se informó del número previsto de participantes, y los datos de cada uno se comunican al final. Lo que sí conviene es decidir enseguida qué se hace con el curso de ese trabajador:
Si no llega al 75 %, no figura en la finalización y los costes del grupo se ajustan solos: FUNDAE calcula los costes imputados a partir de los participantes finalizados. Lo que la empresa hubiera pagado por ese trabajador no se bonifica.
Sí. La Ley 30/2015 incluye entre los destinatarios de la formación programada a los trabajadores que, durante su participación en la formación, pasan a situación de desempleo. Según FUNDAE, cuenta siempre que realice al menos el 75 % del curso.
La empresa a la que pertenecía en la fecha de inicio del grupo formativo. Es la que figura en la finalización y la que aplica la bonificación, aunque el trabajador ya no esté en ella. La nueva empresa no puede bonificar ese curso.
Si no llega al 75 % de los controles de aprendizaje (teleformación) o de las horas (presencial), no figura en la comunicación de finalización y su coste no se puede bonificar. No hay que comunicar nada a FUNDAE a mitad de curso: los costes del grupo se calculan con los participantes finalizados.
No. En la comunicación de inicio solo figura el número previsto de participantes; los datos de cada uno se comunican al finalizar. La aplicación contrasta entonces con la Tesorería que estaba de alta en la empresa en la fecha de inicio de la formación, que es lo que se exige.
Depende del tipo. En una excedencia por cuidado de hijos o familiares, o por cargo público, la empresa puede bonificar la formación durante los tres primeros años. En una excedencia voluntaria, la empresa no puede bonificar la formación que el trabajador realice.