Los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) son
instituciones acreditadas por SENCE que tienen
la exclusividad para ejecutar actividades de
capacitación que puedan ser imputadas a la
franquicia tributaria.
Los únicos cursos no ejecutados por un OTEC que podrán
imputarse a la franquicia tributaria son los cursos
internos y los interempresas.
Los Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación
(OTIC) son organismos que administran para capacitación
parte o todo del 1% de remuneración imponible de sus
empresas afiliadas. Además, sirven de nexo entre la
empresa y el OTEC. La adhesión a un OTIC es de carácter
voluntario.